Detención Policial

Abogado para detenidos en España (24 h).

Si te han detenido a ti o a un familiar, lo más importante no es lo que pase mañana en el juzgado, sino lo que se diga —o no se diga— en las próximas horas. La detención es el momento de mayor vulnerabilidad de todo el proceso penal, y de él depende algo decisivo: si saldrás en libertad o ingresarás en prisión provisional.

Tus derechos como detenido

El artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce a toda persona detenida el derecho a guardar silencio, a no declarar contra sí misma, a designar abogado y a ser asistida por él antes de cualquier interrogatorio, a un intérprete si no comprende el idioma y, si es extranjera, a comunicar su detención al consulado de su país. La detención preventiva no puede durar más del tiempo estrictamente necesario y, como máximo, 72 horas, antes de la puesta a disposición judicial o la libertad.

Prisión provisional: lo que de verdad está en juego

Tras la detención, el juez decide si la persona queda en libertad o ingresa en prisión provisional mientras se investiga. Es la decisión más dura del proceso, y se juega en una sola comparecencia. El juez valora el riesgo de fuga, la posibilidad de destruir pruebas y la gravedad del delito; frente a ello, la defensa debe acreditar con rapidez el arraigo —vínculos familiares, laborales y domicilio en España— y proponer medidas alternativas como fianza, comparecencias periódicas o retirada del pasaporte. Para el cliente extranjero esto es especialmente delicado: una detención en un aeropuerto se interpreta como riesgo de fuga, y por eso la preparación de esa vista no puede improvisarse.

Habeas corpus: cuando la detención es irregular

Si la detención se practica sin cumplir los requisitos legales, la Ley Orgánica 6/1984 permite instar el habeas corpus para que un juez revise de inmediato su legalidad y, en su caso, ordene la puesta en libertad. Es una herramienta de control urgente que activamos cuando hay indicios de que la detención o sus condiciones no se ajustan a derecho.

Cómo actuamos

Acudimos a comisaría y te asesoramos antes de declarar. Estudiamos el atestado, controlamos la legalidad de la detención, de los cacheos y de los registros, preparamos la comparecencia sobre la prisión provisional y diseñamos la estrategia desde el minuto uno. Para el cliente extranjero añadimos la asistencia consular reconocida en la Convención de Viena, la coordinación con su abogado de origen y la atención en alemán e inglés. Cooperamos además con el Consulado alemán y con la comunidad evangélica de habla alemana que asiste a presos alemanes en Mallorca.

Errores frecuentes que conviene evitar

  • Declarar o firmar el atestado sin abogado, creyendo que así se sale antes.
  • Llegar a la comparecencia de prisión provisional sin haber preparado la prueba del arraigo.
  • No avisar al consulado siendo extranjero.
  • Renunciar al intérprete por prisa o por entender solo en parte el idioma.

Por qué nosotros

01

Disponibilidad real 24 h

Acudimos a comisaría a cualquier hora, también en zonas turísticas y aeropuertos.

02

Preparación de la prisión provisional.

Acreditamos el arraigo y proponemos alternativas para evitar el ingreso en prisión.

03

Atención en tu idioma.

Alemán e inglés nativos, con asistencia consular y coordinación con tu abogado de origen.

(Urgencias 24h)

Indice

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta primero.

¿Cuánto puede durar una detención?

El tiempo estrictamente necesario y, como máximo, 72 horas antes de pasar a disposición judicial o quedar en libertad.

¿Qué es la prisión provisional y cómo se evita?

Es el ingreso en prisión durante la investigación. Se combate acreditando el arraigo y proponiendo alternativas como fianza o comparecencias periódicas.

¿Puedo negarme a declarar?

Sí. Tienes derecho a guardar silencio y a no declarar contra ti mismo; conviene ejercerlo hasta hablar con tu abogado.

Soy extranjero, ¿tengo derecho a intérprete y consulado?

Sí, ambos. Además te atendemos directamente en tu idioma.

¿Qué es el habeas corpus?

Un procedimiento urgente para que un juez revise si la detención es legal y, si no lo es, ordene la libertad inmediata.