Lesiones y agresiones

Lesiones y agresiones.

Las lesiones derivadas de una pelea, una riña en el ocio nocturno o un altercado en zona turística son de los delitos más frecuentes contra extranjeros y nacionales en España. Lo que parece un episodio puntual puede convertirse en un procedimiento con peticiones de prisión, sobre todo con instrumento peligroso o varias personas implicadas.

Qué dice el Código Penal

El delito de lesiones (art. 147) castiga a quien causa a otro una lesión que requiera, además de una primera asistencia, tratamiento médico o quirúrgico, con prisión de tres meses a tres años o multa. Con armas o instrumentos peligrosos, o con ensañamiento, se aplica el tipo agravado del art. 148. Si no requiere tratamiento médico, puede quedar en delito leve de lesiones.

Riñas, peleas de grupo y legítima defensa

En las peleas de varios intervinientes entra la riña tumultuaria (art. 154) y la dificultad de atribuir cada lesión a cada persona. La prueba audiovisual —cámaras de locales, móviles, seguridad del hotel— y los testigos pueden cambiar la imputación. Valoramos siempre la legítima defensa y la proporcionalidad de la reacción.

Cómo defendemos

Analizamos el parte de lesiones y el informe de sanidad para discutir la calificación, aseguramos la prueba audiovisual antes de que se pierda y trabajamos la estrategia entre la conformidad ventajosa y la defensa plena según el caso.

Dimensión internacional

Muchos casos involucran a turistas que regresan a su país antes del juicio. Coordinamos la defensa a distancia, gestionamos comparecencias por videoconferencia y atendemos en alemán e inglés. Si el procedimiento avanza con el cliente fuera, anticipamos el riesgo de una euroorden y lo prevenimos.

(Urgencias 24h)

Indice

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta primero.

¿Cuándo una pelea es delito de lesiones y cuándo delito leve?

Depende de si la lesión requirió tratamiento médico o quirúrgico además de la primera asistencia. Sin tratamiento, suele ser delito leve.

Me agredieron y me defendí, ¿es legítima defensa?

Puede serlo si concurren agresión ilegítima, necesidad racional del medio y falta de provocación. Lo valoramos con la prueba.

Volví a mi país tras la pelea, ¿puedo defenderme desde fuera?

Sí, en muchos casos. Coordinamos la defensa a distancia y, si procede, comparecencias por videoconferencia.