El delito de estafa consiste en usar un engaño bastante, con ánimo de lucro, para inducir a otra persona a un acto de disposición patrimonial que le causa un perjuicio. Se regula en los artículos 248 a 251 del Código Penal, dentro de los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, junto a otras figuras como el delito de blanqueo de capitales. La estafa básica, cuando lo defraudado supera los 400 euros, se castiga con prisión de seis meses a tres años.
Qué es la estafa y cuáles son sus elementos
Para que exista estafa deben concurrir, en este orden: un engaño previo y suficiente, un error en la víctima provocado por ese engaño, un acto de disposición patrimonial y un perjuicio económico. La clave es la secuencia: el engaño debe ser anterior y causa de la entrega. Si el dinero se entregó por otra razón y el problema vino después, probablemente no haya estafa.
Estafa leve y estafa básica: el límite de los 400 euros
La cuantía marca la frontera. Si lo defraudado no supera los 400 euros, es un delito leve de estafa, castigado con multa de uno a tres meses. Si supera los 400 euros, es la estafa básica del artículo 249, con prisión de seis meses a tres años. En las defraudaciones repetidas que responden a un mismo plan se aplica la estafa continuada del artículo 74, que agrava la pena.
Penas del delito de estafa y agravantes
La estafa básica va de seis meses a tres años de prisión. El artículo 250 eleva la pena a uno a seis años y multa cuando, por ejemplo, recae sobre vivienda u otros bienes de primera necesidad, hay abuso de relaciones personales, o el valor defraudado supera los 50.000 euros. La concurrencia de varias circunstancias refuerza la calificación y condiciona la estrategia de defensa.
Tabla de penas del delito de estafa
| Tipo de estafa | Pena |
|---|---|
| Estafa leve (hasta 400 euros) | Multa de uno a tres meses |
| Estafa básica (más de 400 euros) | Prisión de seis meses a tres años |
| Estafa agravada (art. 250) | Prisión de uno a seis años y multa |
Estafa informática y estafa procesal
La estafa informática (artículo 249, reformado en 2022) abarca las defraudaciones mediante manipulación informática, como las transferencias no consentidas o el phishing. La estafa procesal se da cuando se engaña a un juez con pruebas o documentos manipulados para obtener una resolución perjudicial a un tercero. En ambas, la prueba electrónica y la cadena de custodia son terreno habitual de impugnación.
Diferencia entre estafa y apropiación indebida
La distinción cambia el delito y la pena. En la estafa, el engaño es previo y provoca la entrega; en la apropiación indebida, la cosa se recibe de forma legítima y después se incumple la obligación de devolverla. Calificar bien los hechos desde el inicio puede ser determinante.
Cómo se defiende una acusación por estafa
La defensa eficaz suele atacar tres frentes: que no hubo engaño bastante (la víctima pudo comprobar la realidad con una diligencia mínima), que falta el ánimo de lucro, o que el asunto es un incumplimiento civil, no penal. La frontera entre el riesgo normal de un negocio y el engaño punible es estrecha, y la validez de la prueba, incluidas las escuchas telefónicas, puede decidir el caso. Si te investigan, contar pronto con un abogado penalista en Barcelona especializado en delito económico marca la diferencia.
Preguntas frecuentes
¿A partir de qué cantidad la estafa es delito?
Cualquier estafa es delito; lo que cambia es su gravedad. Hasta 400 euros es delito leve (multa) y por encima es estafa básica, con prisión de seis meses a tres años.
¿Qué diferencia hay entre estafa y apropiación indebida?
En la estafa hay un engaño previo que provoca la entrega; en la apropiación indebida recibes algo legítimamente y luego no lo devuelves. La calificación cambia la pena.
¿Un impago de una deuda es estafa?
No por sí solo. Dejar de pagar suele ser un incumplimiento civil; solo es estafa si hubo un engaño anterior dirigido a obtener el dinero.
¿La estafa siempre acaba en prisión?
No. En la estafa leve la pena es de multa, y en la básica caben alternativas a la prisión según las circunstancias y los antecedentes.
Si te investigan o acusan por un delito de estafa, consulta tu defensa con un abogado penalista especializado en derecho penal económico.
